28 de Julio de 2008
En el BOE del pasado 25 de julio se ha publicado la Orden FOM/2180/2008, de 22 de julio, por la que se establece una cláusula de actualización automática de precios de los transportes públicos de viajeros por carretera.
La citada cláusula hace referencia a los contratos mercantiles de transporte público de viajeros por carretera, no sujetos a tarifa obligatoria, cuando el precio del gasoil hubiese aumentado entre el día de celebración del contrato y el momento de realizarse el transporte. En este supuesto, el transportista podrá incrementar el precio en su factura en la cuantía que resulte de aplicar la siguiente fórmula: ∆P = (G x P x 0,2)/100
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